Reclamaciones de donaciones en vida

Ha fallecido mi madre y somos 4 hermanos. Con testamento y para todos a partes iguales. El asunto es que un hermano está reclamando todos los regalos que mi madre hizo en vida a distintos nietos. ¿Es esto legitimo o legal? ¿Puede hacerse eso?. Igualmente dio a un nieto cierta cantidad de dinero hace unos 7 años y mi hermano esta investigando para reclamárselo. No hay documento escrito de que este dinero le fuera entregado pero por partidas de salida de caja y pagos realizados por el nieto deduce que se lo dio a ese nieto. ¿Tiene mi hermano derecho a reclamación alguna sobre ese dinero? ¿De cuánto tiempo puede la caja/banco facilitar información sobre movimiento de cuentas?. Y por ultimo y en la misma linea. Otro nieto ingresaba cierta cantidad de dinero a mi madre en cuenta mediante transferencia todos los meses sin existir escrito alguno del motivo. ¿Puede reclamar algo sobre estos ingresos?

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Permítame saber su nacionalidad para darle la asesoría correcta.
La nacionalidad es todos los casos Española.
Espero atentamente su opinión
Saludos
No. En ningún caso puede reclamar nada. No puede solicitar ningún regalo porque se trata de obsequios y no puede retornarse nada, a menos que exisitera algún contrato de préstamo o condición.
Del dinero, al haber fallecido la persona, se extingue la relación jurídica y en consecuencia no puede solictarse nada porque es ilógico solicitar ese dinero si no había obligación o contrato para ello (que además debe indicar que se trata de un convenio heredable).
Pues mi conclusión es que, mientras no haya un contrato que explícitamente trate el caso, no puede reclamar nada por ningún medio.
Adicionalmente, el banco no puede proporcionar informes porque se trata de un secreto bancario y es información confidencial que no puede otorgarse sin consentimiento del interesado o por orden judicial.
Si tuviera alguna duda o pregunta adicional, permítame saberlo por favor.
Me ha gustado mucho su respuesta y abusando un poco le haré la ultima pregunta sobre esto. ¿Los herederos pueden pedir extractos de la cuenta del fallecido? Más claro. ¿Puedo ir yo y pedir extractos de las cuentas de mi madre fallecida? ¿En caso positivo, de cuantos años? He oído que se puede pedir del ultimo año ya que en hacienda para hacer la liquidación de herederos se tiene en cuenta el saldo a la fecha de fallecimiento y el saldo un año antes. ¿Es así?
Gracias anticipadas
Saludos
El banco tiene obligación de guardar la información para preservar el derecho bancario, sin embargo, si existe un juicio sucesorio, se requiere de la orden del juez. En efecto, usted puede ir, pero requiere la constancia y orden del juez, pues si el banco le facilita así como así la información, puede ser acusado de violar el secreto bancario.
La información financiera de una persona es personalísima y sólo puede ser proporcionada al interesado(a) o por orden judicial.
Muy buena suerte.
Si tuviera alguna duda o pregunta adicional, permítame saberlo por favor.

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