¿Se puede poner una casa a nombre del heredero antes de pagar el impuesto de sucesiones?
a- Antecedentes: Mi abuela al morir dejó en herencia su casa de Madrid a una hija suya soltera (tía mía). En total mi abuela tenía 5 hijos así que el tercio de “legítima” se reparte entre
los 5 hijos con lo que ha mi tía le quedaron 11/15 partes del piso.
Mi tía al morir le dejó estos 11/15 del piso a su cuñado que es mi padre.
Esto fue hace casi 3 años y mi padre no ha pagado el impuesto de sucesiones
porque no tiene dinero y la casa no se podía vender pues es su vivienda habitual
y por desavenencias entre herederos.
b- Caso: Mi padre por razones de edad y enfermedad ya no puede vivir solo y queremos vender su parte por medio de una empresa de compra de proindivisos para que se pueda pagar una residencia. La empresa nos ha pedido nota registral donde figuren actuales propietarios del piso y el problema es que aquí no figura mi padre.
c- Pregunta: ¿Se puede poner la casa a nombre de mi padre para así poder venderla y después pagar el impuesto de sucesiones?