Heredar en favor de un tercero por deudas

Debido a las considerables deudas que pesan sobre mí, quisiera saber si, en el caso -espero que lejano- de yo heredara y siguiese siendo deudor, pudiese renunciar a la herencia en favor de mi hijo con el fin de preservar el patrimonio familiar. ¿Es esto legal? ¿Conllevaría alguna penalización fiscal?

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Solamente tiene que rechazar la herencia ante notario.

Las herencias son un derecho, pero no son una obligación, y por tanto, se pueden aceptar pero también se pueden rechazar.

Si usted rechaza la herencia que le corresponde, automáticamente la Ley ya dice que pasa a su descendencia.

Asunto arreglado.

Penalización fiscal, ninguna. Las penalizaciones son por dejar de pagar algo.

Solo que tal vez, nietos paguen más impuestos de sucesiones que los hijos.

Pero eso no lo se.

Hacienda tiene delegados estos impuestos en las comunidades autónomas.

Y cada una va por libre y aplica los baremos que quiere.

Hay comunidades que cobran y otras que bonifican por ciertas causas e incluso otras que han anulado estos impuestos.

Para enterarse bien, tendría que consultar en la oficina liquidadora de la Junta de su comunidad autónoma, que sin compromiso le informarán.

Aunque como las cosas cambian tanto, vete tu a saber lo que cobrarán ese día en que su hijo pase a heredar.

Pero al menos, una idea actual le darán.

Hasta otra.

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