¿Desde el fallecimiento, tiene el ayuntamiento un plazo máximo para reclamar la deuda a herederos?
Mi madre falleció en el 2009 y ahora nos enteramos por mi padre que la plusvalía de la venta de una casa que realizó en el 2000 no fue pagada al ayuntamiento porque habían llegado a un acuerdo con el constructor que la adquirió en que éste la pagara. El ayuntamiento en su día la reclamó a mi madre, y ésta hizo recursos pero sin éxito. Lo que quiero saber es si el ayuntamiento tiene, desde que fallece una persona, un plazo máximo para notificar a los herederos la existencia de una deuda y su importe.
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Respuesta de Wills And Laws s.l
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