¿Podemos modificar la herencia?

Hola estoy casada por la iglesia con un hombre que tiene una hija de 5 años de un matrimonio anterior, (casados por lo civil y ya están divorciados) nosotros todavía no tenemos hijos en común Queríamos saber si podríamos hacer algún papel en el cual se especificara que su hija no pudiera obtener nada de la herencia de su padre (el día que el fallezca) hasta que no fallezca yo. Sabemos que obligatoriamente por ley tiene que dejarle 1/3 de la herencia, nuestro miedo es que mañana el se muera y ella (o su madre en este caso ya que es menor de edad) pueda pedirme una parte de dicha herencia. Nosotros solo disponemos de una casa y tenemos miedo de que yo tenga que vender la casa para darle su parte o dejarla usar la casa. ¿Podríamos hacer un papel en el cual todas las posesiones se queden a mi nombre y cuando yo fallezca darle la parte a esa niña? Espero haberme explicado bien gracias.

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Según manifiesta "todavía no tenemos hijos", de lo que deduzco que existen posibilidades de que así fuera.
Esto serviría para ese 1/3 de la legítima digamos para que me entienda "hacerla más pequeña", al ser más los herederos legítimos, ya que el art. 807 del Código Civil español dispone que:
"Son herederos forzosos:
1º Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
2º A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y
Descendientes.
3º El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código".
Si lo que se pretende es eliminar los derechos de la hija de su marido y padre de la misma, ya le digo que es prácticamene imposible, porque la ley la nombra heredera forzosa, al igual que a usted.
Su marido, en el caso contrario al que señalaba al empezar, si no tuvieran hijos comunes, si puede disponer de su legado dejándola a usted 1/3 de mejora, 1/3 de libre disposición y el usufructo del cónyuge supérstite, además de 1/2 de 1/3 de la porción de las legítimas. Haga un somero cálculo sobre 100 y verá que estamos hablando de un 15% contra un 85%. Podría indemnizarla económicamente en sus derechos y adquirir usted la propiedad dominical del 100%
¿Ruego cierre pregunta y valore?
¿?

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