No es nada fácil conseguir el dinero.
Todo se reduce qa que hacienda está loca por "atrincar pasta".
La Ley exige a los bancos al tener conocimiento del fallecimiento de un titular, que bloquee el saldo y solo se lo de a los legítimos herederos.
Haya mucho o poco, hay que hacer las mismas gestiones.
- Conseguir certificado original de defunción.
- Con ese certifficado van a secretaría del ministarioo de justicia, en su ciudad y piden el certificado de últimas voluntades.
De paso pueden pedir el c ertificado de segguros de vida, por si acaso.
En el de últimas voluntades les dirá si hizo testamento y ante que notario y en que fecha.
Solo han de ir a ese notario y pedir copia del testamento.
Los herederos, van al banco, piden certificado de saldos de las cuentas al día del fallecimiento.
De paso pueden pedir movimiento de la cuenta de al menos un año antes