Muerte de un familiar

Muy buenas me dirijo a usted para intentar aclarar ciertas dudas.

¿Cuando muere una persona y ningún familiar quiere hacerse cargo de los gastos del entierro que es lo que sucede?.

¿Pasa como en que las herencias,deben hacerse cargo los descendientes?

¿En el caso de no haber descendientes ni ascendentes deben hacerse cargo los hermanos?

¿En el caso de insolvencia de los ascendientes puede la administración reclamar al siguiente grado sucesorio(por ejemplo hermanos)?

¿SI se renuncia a le herencia de esa persona te exime de pagar dichos costes?

En fin como ve estoy hecho un mar de dudas.

Esperando su respuesta le saluda atentamente Antonio

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En principio los gastos deben abonarlos los familiares, aunque esto no tiene nada que ver con la herencia, sino con el derecho de alimentos entre parientes.

Si nadie se hace cargo el ayuntamiento pagará esos costes y lo podrán reclamar posteriormente a los familiares (hijos, hermanos, ascendientes)

En cualquier caso pregunte en su ayuntamiento por si contaran con algún régimen especial de protección para estos casos que cubriera estos casos.

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