No abrir Testamento y cobrar de seguro de vida

Hola a todos,

Os pongo en antecedentes. MIs tíos, mi hermana y yo somos herederos de una tía de mi padre (ya fallecido). A parte de lo que es propiamente dicha la herencia, también existen dos seguros de vida de los cuales somos los mismos beneficiarios...

Pues esta es mi pregunta: ¿Es posible no abrir un testamento durante 5 años (por el tema de ahorrarse impuestos) y a la vez cobrar los dos seguros de vida que existen (pagando los impuestos que correspondan, claro)?

Gracias de antemano.

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¿De qué Comunidad autónoma estamos hablando?. ¿De las que se rigen por el Derecho Común o por su propio Derecho foral?

no se que tipo de derecho es, pero la comunidad es cataluña...

gracias

En Cataluña el tiempo legal establecido para el pago del Impuesto de Sucesiones es de cuatro años y seis meses a contar desde el día del fallecimiento. Al menos hasta el 2010 este era el plazo legal, pero dada la situación socio/económica del País y la Generalitat ya ha pedido el rescate al Gobierno Central, deberían Vds. ponerse en manos de una Abogado especializado en Derecho Sucesorio.

En Madrid tengo un compañero Civilista, especializado en Herencias y Testamentarias, aunque lleva casos en distintas Comunidades. Consulten a quien sea pero no se vayan a encontrar con una desagradable sorpresa, las cosas están muy chungas...

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