Herencia firma aceptación


Buenas tardes ,mi consulta es una vez firmada la herencia ,se podría rdespués reclamaR se cumpla la legitima o no?
Mi otr duda menos urgente para el impuesto sucesiones saldarlo de forma administrativa en que puede ser perjudicial o es igual que saldarlo manera autoliquidacion?
Gracias por su tiempo

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Una vez que se acepta o se repudia una herencia, ya no hay marcha atrás.

Aunque no se haya respetado la parte legítima?referente a la 2 pregunta que me aconseja liquidación admistrativo o autoliquidación?cuanto podría tardar la liquidación administrativa en Madrid?podría escriturar pisó ,aunque no esté pagado el impuesto sucesiones y este en trámite?

gracias por su respuesta

Los pasos a seguir son los siguientes :

Con una copia del escritura de herencia, deberá a continuación proceder a liquidar el impuesto de sucesiones, y una vez liquidado llevarlo al Registro de la Propiedad para inscribirlo y registrarlo.

Difícilmente si no presenta el justificante de haber liquidado el impuesto de sucesiones, se lo van a registrar, se lo echarán para atrás.

Saludos

[email protected]

Derecho Sucesorio y de Familia

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