Desahucio en precario, es el que se interpone contra quien ocupa el inmueble sin titulo alguno, en este caso, sin estudiar la documentación y jurisprudencia al respecto, es complicado darle una respuesta, pues lo cierto es que estando la herencia yacente( sin aceptar ni adjudicar), independientemente de los legados concretos que se hayan hecho, hay una comunidad de bienes sobre la herencia, hasta que se haga el reparto, con lo que personalmente entiendo que hasta que se haga la adjudicación de la herencia, no esta en precario, pues tiene el mismo derecho sobre el bien que el resto de los herederos. Ademas, la acción debería ser interpuesta por toda la comunidad de propietarios de la herencia en que se encuentra el ocupante de la vivienda.