Es favorable tener las cuentas bancarias en caso de fallecimiento a nombre de la pareja/solo
Estoy casada, en bienes gananciales, con dos hijos, uno de 21 años y estudiante,
y la otra con pareja y un hijo.
Estamos pagando una hipoteca, mi marido y yo hemos hecho el testamento en el cual cada uno testa a favor del otro, y no se puede vender el piso hasta el fallecimiento de ambos, osea en usufructo.
Trabajamos los dos, yo con una jornada de 5 horas.
Tenemos todas las cuentas bancarias a nombre de los dos, excepto dos que las tengo solo a mi nombre porque son unos pequeños ahorros, pero muy poca cosa.
Mi marido con un seguro de vida y yo quiero hacerme uno dentro de unos meses.
Mis preguntas son:
En caso de fallecimiento de mi marido, que pasaría con las cuentas bancarias, ¿se bloquearían? ¿Incluso las que solo están a nombre mio?
¿Pueden mis hijos disponer de una parte de dinero?
¿Es aconsejable tener las cuentas a nombre de uno solo o de los dos?
¿Tendría qué compartir el seguro de vida con mis hijos? El fin del seguro de vida es para pagar la hipoteca del piso