Herencia tras la muerte de cónyuge

Acaba de morir mi suegra y mi suegro se ha quedado solo, lo único que tenían en común es el piso donde vive mi suegro. Hay hecho testamento que en caso de fallecimiento de uno el piso queda para el otro y que al morir los dos quede para los cuatro hijos. Mi pregunta es:

Que tenemos que hacer ahora, ¿qué papeles hay que arreglar y sobre todo que es lo que hay que pagar?.

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Lo primero recomendarles que se pongan en manos de un abogado, que les ayude. Ahora tienen que hacer la herencia, aportando el testamento y el certificado de defunción, en la notaria. Ademas, han de pagar por impuesto de sucesiones, que dependerá de su comunidad autónoma y puede llegar a estar prácticamente exento.

Normalmente, lo que hereda el viudo es el usufructo, no la plena propiedad, por lo tanto, los hijos heredarían también. También deben mirar si hay algún seguro de vida y las cuentas bancarias de la difunta o comunes.

Tendrán que liquidar la plusvalía municipal y presentar en el Registro de la Propiedad...

Para la liquidación de impuestos disponen de 6 meses desde el fallecimiento. Y deben presentar declaración de la renta de la difunta el año próximo (hasta la fecha de fallecimiento).

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Pues si solo hay un piso, lo podéis dejar como esta o lo puede poner tu padre a su nombre, esto os ahorraría el cargar vosotros con lo que os cobrarían ponerlo a vuestro nombre, desde la muerte de vuestra madre.

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