¿Si no has heredado nada eres "sucesor" de cara a hacer frente una deuda tributaria?

Mi madre falleció hace 2 años y ahora me ha llegado una declaración complementaria de la renta de ella en 2009. La cuestión es que el único que ha heredado algo es mi hermano. Yo nada pues el local que teníamos ambos en nuda propiedad y mi madre en usufructo yo le vendí mi parte a él. Y al morir mi madre el heredó el usufructo. Yo nada. Si la deuda la tienen que pagar los "herederos" según el art. 39 de la ley Gal Tributaria, yo no debería pagar nada. ¿No?

Por otro lado, ¿se podría pedir judicialmente una investigación de cómo ha administrado las cuentas de mi madre que tenía demencia senil? Mi madre ingresaba anualmente unos 40.000 euros y al final de su vida no había ni un euro. Su único gasto era el de la residencia que ni con mucho superaba los 2.000.-euros. Al estar él como autorizado en la cuenta corriente donde se ingresaba la pensión y la renta de un local, ¿le permite eso sacar el dinero sin más?

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Si no hicieron aceptación de herencia se encuentra en una situación de comunidad hereditaria pendiente de aceptarla o renunciarla, serian ambos. No obstante, es necesario algunos particulares al respecto de los que necesitamos mas datos.

En cuanto al tema de la cuenta es perfectamente reclamable siempre que se acredite. Solicite un extracto de los movimietnos de cuenta.

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