Desacuerdo sobre legitima entregada en vida

Buenos días:

Mi padre ha fallecido y en su testamento nombra heredera universal a su mujer, con la que se caso una vez divorciado de nuestra madre, ya fallecida. Nos menta a nosotros al solo efecto de evitar la pretericion, argumentando que ya nos entrego la legitima en vida, cosa de todo punto falsa. Mi pregunta es que pasos hemos de dar para reclamar dicha legitima, y si mientras tanto la viuda puede legalmente disponer a voluntad del total que le ha sido adjudicado, por ejemplo, poner ya a su nombre uno de los vehículos propiedad de mi padre (aunque en régimen de gananciales).

Gracias, un saludo.

Respuesta
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Lo primero de todo, nadie puede cambiar de nombre ningún bien, mientras no haya sido adjudicado al legítimo heredero o legatario.

Otra cosa es hacer uso de los bienes, como por ejemplo, el vehículo. De eso nadie le puede privar. Pero inscribirlo a su nombre no se puede, ya que nadie tiene un título legal mediante el cual lo haya adquirido.

Una cosa es que vuestro padre haya hecho testamento, pero esto no implica que directamente los bienes hayan de ser repartidos como haya dicho, ya que podríamos encontrarnos ante un testamento nulo, o con alguna clausula no valida.

Personalmente, yo me pondría en manos de abogados, ya que ustedes deben reclamar la parte que le corresponde, y las únicas vías posibles serán, la negociación con la viuda, o un procedimiento judicial.

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