Baja en la empresa

Trabajo en una empresa como interina, con contrato temporal a tiempo parcial (hago la reducción de jornada de una compañera).
Mi contrato está próximo a vencer (el mes que viene).
Estoy muy agobiada, estresada y deprimida por lo que quiero dejar de trabajar ya.
Quisiera saber:
1º) ¿Puedo rescindir el contrato sin previo aviso? (En el contrato vigente no indica nada sobre los plazos para comunicar la baja. Tampoco hace mención de que se regirá según el Convenio Colectivo, el cual desconozco pues nunca me lo han entregado).
2º) ¿Me pueden sancionar por ello, y si es así, ¿de qué forma?
3º) Como estoy mal, voy a solicitar la baja por enfermedad. No sé si ésta me durará el mes y medio que me queda hasta la finalización del contrato por lo que quiero que me aconsejen si debo comunicar ahora mi intención de causar baja en la empresa o si por el contrario debo esperar a ver si la baja por enfermedad se me dilata hasta que venza el contrato.
4º) Si la baja es voluntaria, ¿Puedo cobrar el paro? ¿Y cuándo venza el contrato?.

2 respuestas

Respuesta
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Mi consejo:
Coge la baja y dilatala lo máximo posible, para terminar de esta manera el contrato y haber cumplido tus obligaciones con la empresa. Tendrás derecho a paro y a los finiquitos pertinentes, sin tener que aguantar el mes y medio que te queda. De lo contrario te expones a no cobrar paro, al ser una baja voluntaria.
Respuesta
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Ahí van las respuestas...
1) El convenio te lo marca el contrato en su clausula 8 o 9, no recuerdo y te lo tienes que buscar tu, las empresas no suelen darlo. Lo de rescindir el contrato, tienes que preavisar 15 días antes o... no hacerlo y que te los descuenten del sueldo o del finiquito... pueden hacerlo.
2)Lo dicho, te pueden, si quieren, descontar los 15 dís de preaviso.
3)Tú vete al médico a ver si te da la baja y no digas nada, si dura bien y sino pues nada, te reincorporas, aunque seguramente te dure el mes y medio que falta.
4) No, si la baja es voluntaria no cobras paro, porque el INEM opina que si es baja voluntaria es porque no quieres trabajar, no porque no puedas. Y cuanzo venza el contrato, depende, si tienes cotizados 1 año si, sino pues no, eso sería cuestión de saber cuando tienes cotizado desde la peticiíon de la ultima prestación por desempleo.
Cualquier duda más, no dudes en preguntar.

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