Segundo pto. De trabajo para funcionario

Me gustaría saber si yo - funcionaria del Estado - puedo (legalmente) realizar de forma esporádica y desde mi domicilio o yendo a una empresa unas horas a mecanografiar, grabar datos o transcribir conferencias, dictados...
¿Cómo facturar estos trabajos? ¿Qué incluir en la factura? ¿Puedo yo como persona física facturar?
¿Podría firmar un contrato "hasta fin de obra" por 1 día? ¿Cómo lo declararía en la Declaración de la Renta de ese año?
En fin, no tengo ni idea como realizar estas colaboraciones de forma legal.
Si pudieras ayudarme o indicarme dónde me podrían indicar por dónde empezar.
Muchas gracias.
Respecto a lo de funcionario, lo digo porque lo de las incompatibilidades no me afectan (creo).
Quedo a tu disposición para cualquier pregunta o aclaración. Gracias, Margarita - Madrid

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Lo que tienes que mirar es las incompatibilidades que te afectan, en función de tu trabajo puedes tener o no y ser diferentes.
De no tener incompatibilidad con el estado, te pueden hacer otro contrato, por el tiempo que sea, siempre fuera de las horas de trabajo en las que trabajas en la administración.
Si te hacen otro contrato, las eg. social comunicará a la administración que te paga que trabajas en otro sitio y el tiempo para que la seg. Social se pague entre los dos empresarios.
Por otro lado, para poder facturar tu, te debes dar de alta como autónomo.

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