¿Tengo derecho a paga beneficios estando de baja?

Trabajo en una empresa de comercialización al por mayor, mi categoría profesional es de oficial profesional ( por poner algo en la nomina ya que me encargo de innumerables labores, conductor, instalador, vendedor, post venta, reparación...). El caso es que la empresa está regida en el convenio de comercio de comercio de Salamanca, en el que se contemplan tres pagas extraordinarias al año, beneficios (en marzo), verano y navidad. Siempre las he cobrado puntualmente pero en este momento me encuentro de baja por enfermedad común desde el 6 de febrero y la previsión es otro mes más. Decir que mi nomina ( mi ingreso real en cuenta es de 1000 euros al mes, también en cada paga, total 15.000 euros al año) tiene unos complementos( como remuneración voluntaria y dietas) y la base es 882,12 euros y después incluyen conceptos como dietas etc, aunque mi ingreso mensual no varía. A día de hoy no he cobrado la paga de beneficios (la cobraba el 15 de marzo), ¿estando de baja tengo derecho a cobrarla? Si es así quien tiene que abonarla, la mutua o la empresa,¿a quién tendría que reclamar y cual sería la cantidad? No puedo consultar con la empresa porque desde hace dos meses la situación es muy tensa con ellos, ya que quieren que me marche de la empresa, y ellos no quieren despedirme, con lo cual me encontraría sin trabajo y sin paro. ¿Cómo debo actuar?

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Debes consultar tu convenio colectivo para comprobar el devengo de la paga de beneficios, normalmente se devenga durante el año anterior, por lo tanto como tu baja médica es de este año tendrías derecho a cobrarla. Debe pagártela la empresa.
En caso de que no te la paguen en plazo debes pensar en reclamarla, tienes hasta un año para reclamarla desde el momento que te la deben.

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