Derechos del empresario

Pregunto del lado del empresario, aunque he sido muchos años empleada, ahora tengo una pequeña empresa administrativa y quisiera haber encontrado empleados como yo lo fui, pero parece difícil. El caso es que tengo una empleada que ha incurrido en varias faltas: 1º encontré en una carpeta de su ordenador un certificado de ingresos, que legalmente debería haber hecho yo, y no ella como es natural, las explicaciones que me dio, no fueron convincentes . 2º en el historial de internet del ordenador donde ella trabaja he encontrado multitud de páginas que no tienen nada que ver con nuestro trabajo, varias de ofertas de empleo y otras de bancos y cajas de ahorro sobre prestamos y créditos hipotecarios. 3º Lleva 9 días sin aparecer por el trabajo, el primer día dijo que había ido al medico y éste la envío a urgencias, desde entonces no nos ha traído ni un parte de baja. Tiene padres que viven al lado de ella, por lo que se supone que podrían habernos traído ellos el parte de baja. 4º hemos descubierto con su ausencia que las contabilidades de las que es responsable están muy retrasadas, o peor, mal hechas, lo que nos esta costando mucho tiempo reparar y ademas, contratar a otra persona de refuerzo...
Después de todo esto...¿es posible despedirla sin perjudicarnos? No sabemos si es verdad que esta de baja o simplemente quiere que la echemos para buscar un despido improcedente y sacarnos una indemnización . Desgraciadamente los jueces de lo social siempre optan por beneficiar al trabajador, aunque en este caso no lo merezca. Le hemos enviado un burofax para que en 24 horas presente las bajas, a ver si contesta ¿qué más podemos hacer?.

1 Respuesta

Respuesta
1
En relación a la primera parte poco puedes hacer porque entraría en conflicto con la intimidad del trabajador (ya que has mirado sus paeples de trabajo y su ordenado) aunque te diré que ya hay sentencias del TS donde se establece que se puede despedir a un trabajador cuando hace un uso indebido del material de la Empresa, pero aún con eso hoy or hoy es complicado que te declaren procedente un despido basándose en eso.
En el tema de la no justificación de las bajas médicas no se puede considerar ausencia injustificada del trabajo puesto que el empresario (tu) conoces que ella está de baja. Ya sabes que hay una obligación de entregar el parte de baja en un plazo máximo de 72 horas pero aún con eso te sería complicado demostrar el despido por ese lado.
Lo que si que puedes hacer es un DESPIDO DISCIPLINARIO por transgresión de la buena fe contractual (art. 54.2 d) del Estatuto de los Trabajadores) o por Disminución en el Rendimiento (art. 52.2 d) ET) justificando que ha cometido errores en su trabajo que han ocasionado un perjuicio grave a la empresa, etc, etc. Para ello cuando le entregues la carta de despido intenta relatar los hcehos de la manera más amplia posible contando todo al detalle (sabiendo que en el caso de ir al SMAC o a juicio tendrás que aportar todas las pruebas documentales) y en la misma carta expones que pones a su disposición el finiquito con la cantidad de xxx. Si no tienes algún asesor legal intenta que te ayuden para la redacción de la carta de manera que consigas tu objetivo que entiendo será que te declaren la procedencia del despido, es decir que el coste para ti sea cero.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas