Despedir empleado por trabajar en asuntos personales

Tengo un empleado que sospecho utiliza las horas laborales para trabajar en asuntos personales. He utilizado su ordenador y he visto pruebas de que lo ha utilizado para trabajar para la competencia, por lo que deduzco que en horas laborables realiza trabajos para otras empresas. En la otra empresa no dispone de contrato de trabajo, lo debe hacer en "B".
Lo cierto es que lleva meses sin ofrecer el rendimiento esperado pero esta última vez a sido la gota que ha colmado el vaso, ya que cuando volví de vacaciones no había hecho nada de su trabajo.
¿Es motivo para despido sin indemnización? ¿Cómo debo presentar las pruebas?
¿Qué opciones tengo para que esta persona deje de trabajar en la empresa?
Creo que existen 2 condicionantes: el bajísimo rendimiento y utilizar las herramientas de la empresa para asuntos personales. ¿Cuál es más fácil de demostrar ante un posible juicio y cual tiene más fuerza delante de un juez?
Esta persona es (era) de confianza. Lleva 3 años y medio trabajando con nosotros. Nuestra empresa es pequeña (6 trabajadores) y si tengo que indemnizarle podría ser un duro golpe para la contabilidad de la empresa.

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En la carta de despido puedes incluir dos causas (articulo 49.1 y 54): disminución del rendimiento (por no alcanzar objetivos, no realizar el trabajo a tiempo, etc) y por transgresión de la buena fe contractual donde puedes incluir que ha utilizado los medios y herramientas de la empresa para usos particulares, la competencia desleal porque realiza trabajos para otras empresas similares, etc. Recuerda redactar la carta lo más detallada posible (en caso de ir a juicio o que te demanden solo valdrá lo estipulado en la carta y no podrás alegar nuevas causas, no te importe que la carta tenga 3 o 4 folios pero deja todo escrito) y partiendo de la base de que es un despido disciplinario. Has de hacerlo por escrito indicando los hechos que la motivan y la fecha en la que surgirá efecto. Has de preavisarle con 15 días pero para evitar problemas reconoce en la carta que en la liquidación le abonaras los 15 días de preaviso y que pones a su disposición el finiquito (incluye el preaviso, las vacaciones pendientes y la parte proporcional de las pagas extras) así como el certificado de empresa.
Si conoces algún abogado laboralista dile que te ayude a elaborar la carta para que no haya posible demanda de parte del trabajador, pero con el supuesto que me cuentas y teniendo pruebas será complicado que lo declaren improcedente
Muchas gracias! Después de escribir esta pregunta estuve buscando durante horas en Internet y tu respuesta me ha ayudado a constatar todo lo que he leído.
Muchísimas gracias por todo!

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