Pensión de viudedad compartida
Tengo entendido que ha cambiado la Ley en cuanto a pensiones de viudedad compartidas y que, si antes se prorrateaba entre todos los cónyuges sucesivos en proporción a los años de convivencia, ahora el cónyuge viudo tiene derecho al menos al cuarenta por ciento y el resto se prorratea. Sin embargo, también tengo entendido que eso es así sólo en caso de que el ex-cónyuge tuviese previamente reconocida en el divorcio una pensión compensatoria. De lo contrario, sólo cobraría el viudo, es decir, el que estaba casado con el fallecido en el momento de fallecer.
Me interesa saber si esto es así porque tanto mi marido como yo estamos casados en segundas nupcias y no tenemos ninguno que pasar pensiones a los ex. En este caso, al quedar viudo uno de los dos, ¿cobraríamos la pensión de viudedad completa o se haría reparto?
Espero haberme expresado con claridad, es difícil explicarlo en pocas líneas.
Me interesa saber si esto es así porque tanto mi marido como yo estamos casados en segundas nupcias y no tenemos ninguno que pasar pensiones a los ex. En este caso, al quedar viudo uno de los dos, ¿cobraríamos la pensión de viudedad completa o se haría reparto?
Espero haberme expresado con claridad, es difícil explicarlo en pocas líneas.
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Respuesta de thunderr
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Thunder no tienes ni la más mínima idea de reparto de pensión - Diana Rubio