Pensión de viudedad
Tengo entendido que ha cambiado la Ley en cuanto a pensiones de viudedad compartidas y que, si antes se prorrateaba entre todos los cónyuges sucesivos en proporción a los años de convivencia, ahora el cónyuge viudo tiene derecho, al menos, al cuarenta por ciento y el resto se prorratea. Sin embargo, también tengo entendido que eso es así sólo en caso de que el ex-cónyuge tuviese previamente reconocida en el divorcio una pensión compensatoria. De lo contrario, sólo cobraría el viudo, es decir, el que estaba casado con el fallecido en el momento de fallecer.
Me interesa saber si esto es así o ha vuelto a cambiar desde el año 2007, porque voy a contraer matrimonio en segundas nupcias y quiero saber cuánto le quedaría a mi futura esposa si yo fallezco.
Espero haberme expresado con claridad, y si no es así, le ruego que me pregunte todo lo que quiera saber.
Gracias y un saludo cordial.
Hola señor Miguel, las leyes de la seguridad social va en función de cómo lo entienda cada funcionario , les explico mi caso, yo estube casada con mi marido 15 años pero su primera esposa estubo 23 año y el le pasaba una pensión compensatoria de 390 € al morir mi marido la seguridad social empezó a pagarme 1,296,99€ y en los 3 meses siguiente su ex solicito la pensión, lo cual mi pensión fue bajada a 559€ y ella con la muerte de mi esposo está cobrando 737,99. no cumple los requisitos para que la pensión que está cobrando supere casi al doble de la compensatoria, la seguridad social de tarragona me dice que no.que se les paga por el tiempo de casados. Y no han querido solucionar . - Gisela pe