Baja por operación y vacaciones
En mi empresa no tienen por costumbre realizar el calendario laboral a primeros de año como debería ser obligatorio. En el tema de vacaciones pues más o menos lo mismo, hasta ultima hora no se deciden. El caso es que estoy de baja por operación(29 de julio)y según cálculos del cirujano pues tendría para 3 meses, es decir me reincorporare para noviembre. Este año, como en gerencia tenían noticias de mi operación ya que he tenido que preavisar y justificar las horas que tenia para el preoperatorio pues se han hecho un poco los locos con el tema de las vacaciones, no se yo creo que piensan que con la baja ya he hecho las vacaciones. El caso es que salvo una semana que hice durante la huelga de transporte(que yo accedí a realizar, no me impusieron)pues no se ha vuelto a hablar conmigo de las vacaciones ni me han dado a firmar nada. Te copio lo que dice el convenio respecto a las vacaciones:Artículo 17. Vacaciones.
Todo el personal afectado por este Convenio tendrá derecho a un período de
vacaciones, no sustituibles por compensación económica, de treinta y un días
naturales ininterrumpidas al año. Dichas vacaciones se disfrutarán durante los
meses de julio a septiembre, ambos inclusive, salvo acuerdo entre la empresa y
el trabajador.
El personal con derecho a vacaciones que cese en el transcurso del año tendrá
derecho a la parte proporcional de vacaciones.
Pues mi pregunta seria si tengo derecho a disfrutar del resto de mis vacaciones cundo coja el alta o las he perdido. También había pensado si se negara a dármelas antes de reclamarlas legalmente solo en el caso que me pertenecieran, reclamalas como exceso de jornada máxima anual, es decir como horas de convenio(ya que el periodo de baja tengo entendido que cuenta como horas trabajadas o eso me han dicho). ¿Si opusiera a ambas cosas cual seria la salida? ¿Reclamar judicialmentey que el juez me de la razón?
La verdad es que si me pertenecen no me gustaría perderlas ya que en 9 años que llevo en esta empresa hemos tragado muchos abusos y este año ya dije basta.
Todo el personal afectado por este Convenio tendrá derecho a un período de
vacaciones, no sustituibles por compensación económica, de treinta y un días
naturales ininterrumpidas al año. Dichas vacaciones se disfrutarán durante los
meses de julio a septiembre, ambos inclusive, salvo acuerdo entre la empresa y
el trabajador.
El personal con derecho a vacaciones que cese en el transcurso del año tendrá
derecho a la parte proporcional de vacaciones.
Pues mi pregunta seria si tengo derecho a disfrutar del resto de mis vacaciones cundo coja el alta o las he perdido. También había pensado si se negara a dármelas antes de reclamarlas legalmente solo en el caso que me pertenecieran, reclamalas como exceso de jornada máxima anual, es decir como horas de convenio(ya que el periodo de baja tengo entendido que cuenta como horas trabajadas o eso me han dicho). ¿Si opusiera a ambas cosas cual seria la salida? ¿Reclamar judicialmentey que el juez me de la razón?
La verdad es que si me pertenecen no me gustaría perderlas ya que en 9 años que llevo en esta empresa hemos tragado muchos abusos y este año ya dije basta.
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