¿Turno de noche?

Trabajo en una empresa en el departamento de recepción desde hace casi oche años, ahora por motivos "económicos" quieren que los recepcionistas hagamos turnos de noche, cuando siempre fue de día. Me envían en siguiente texto:
Según los arículos 20 y 21 del convenio Provencial de Hostelería y atenediendo las circunstancias económicas por las que atreviesa la empresa, por medio de la presente se le comunica que a partir xx. Xx. 2008, como recepcionista de día pasará a prestar servicios, en régimen de turno, en el turno de noche, al objeto de cubrir las vacaciones, días libres, permisos, etc del recepcionista de noche, siendo retribuidas dichas horas conforme a lo establecido en el convenio.
Le saluda atentamente XXX
Firmado por la empresa y luego "debo" firmarlo yo.
En la parte superior izquierda pone mi nombre con DNI y en la parte superior derecha el nombre de la empresa con sus datos.
Mi pregunta es:
¿Pueden obligarme a ello y debería firmar dicha carta?

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Respuesta
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No es que puedan obligarte pero en caso de que no estuvieras de acuerdo sería un despido objetivo por causas económicas con una indemnización de 20 días. Lo que te han mandado es una notificación de modificación sustancial de condiciones de trabajo que se hará efectiva en 30 días. Durante ese tiempo puedes reclamar que no estas de acuerdo y si llegada la fecha de los 30 días sigues sin estar de acuerdo la consecuencia legal inmediata es un despido objetivo como ya te he comentado.
El procedimiento (comunicártelo por escrito y con un preaviso de 30 días) es correcto. Ahora si quieres reclamar solo lo podrías hacer si te consta realmente que esos problemas "economicos" no existen.
Buenas noches,
Disculpa que no le haya contesado antes, muchas gracias por su respuesta, me aclara bastante. Sólo un comentario: ¿Esta bien redactada por parte de la empresa cuando ponen lo de etc? Seguro que es una pregunta tonta, `pero no quiero que después me vea obligado y la empresa se vaya a aprovechar de mi.
Como recepcionista de día pasará a prestar servicios, en régimen de turno, en el turno de noche, al objeto de cubrir las vacaciones, días libres, permisos, etc
De nuevo gracias y hasta pronto
La verdad es que puede dar lugar a malos entendidos. Habla con ellos y diles que te aclaren a que se refieren con el ETC y que quieres conocer las limitaciones apra evitar posibles problemas en el futuro ya que no solo incluye la cobertura de vacaciones y días de permiso sino cualquier otra eventualidad que pudiera surgir. Pide que te lo aclaren y tendrán que hacerlo.
Buenas noches, pues me has aclarado bastante, claro con ese etc. podrían supuestamente hacer que yo pasara a trabajar de noche y no me podría negar a ello, entiendo yo, así que tacharé o les pido que quieten ese " etc" y eso, que me expliquen bien ( por escrito claro)
Muchas gracias.

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