Excedencia y situación irregular

Me llamo Santos y tengo una enorme duda que agradecería enormemente que alguien me la solucionara:
Solicité una excedencia de un año en un puesto de trabajo y se me fue concedida. Luego trabajé en otra empresa durante dos meses y solicité la cotización por desempleo.
Me dijeron que para concederme el paro, tenía que hacer una solicitud de vuelta a mi puesto de trabajo en excedencia y que la empresa me la denegara y con esa carta solicitar el paro. Así lo hice y se me concedío hasta el 15 de octubre, fecha en la que finaliza mi excedencia.
Ahora me desplazo a otra ciudad a vivir y necesito seguir cobrando el paro hasta tener algo seguro en a ciudad donde voy. Me pide la funcionaria del INEM que para seguir cobrando la cotización por desempleo tengo que volver a solicitar la reincorporación en el puesto de trabajo donde tengo la excedencia y que me contesten con que no hay plazas en la empresa para cogerme de nuevo y con ese escrito seguiría cobrando el paro.
He llamado a mi empresa antigua y como tengo muy buena relación me comentan que no hay problemas en principio. Pero me gustaría saber si les puedo acasionar algún problema futuro a la empresa(ya que no me gustaría), si tienen un tiempo límite para aceptar mi reincorporación, ya que se me acaba la excedencia en el momento que pido la reincorporación..
En resumen, cuanto tiempo puedo estar cobrando el paro en situación de espera y si les puedo acasionar algún problema futuro a la empresa.
Gracias de antemano por la página y la gran ayuda que nos ofrece.

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El único problema que les puedes ocasionar sería que te hicieran la carta pero realmente sí que tuvieran plaza de tu categoría. En ese caso tendrían que reincorporarte y al negartelo por escrito podrías demandar por despido improcedente y ganar el juicio, con lo cual tendrían que pagarte los salarios de tramitación (eso seguro) y optar entre readmitirte o confirmar tu despido, pagando entonces una indemnización de 45 días por año de servicio a la empresa. Por cierto, cuando la empresa tuvo que optar entre su conveniencia y evitar causarte algún problema, ¿qué escogían?
Por otro lado la empresa no tiene ningún plazo prefijado para contestar a tu demanda de reincorporación, pero si no lo hacen antes de 20 días desde el fin de tu excedencia deberías demandar por despido improcedente.
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La verdad es que no quiero perjudicar a mi empresa porque se enrrollan bastante y se prestan a hacerme lo de la contestación como que no hay plazas para poder cobrar el paro... pero me preguntan cuanto tiempo pueden mantenerme en esa situacio.
Gracias
En el momento en que se acabe tu excedencia y te comuniquen que no hay plaza ya no es necesario que te mantengan en excedencia.
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