Contratos laborales, equiparación del fijo discontinuo al indefinido y otras dudas legales

Desde hace algo más de dos años trabajo de administrativo con contratos por obra (son un grupo de empresas y para evitar los indefinidos cada por tiempo. Te cambian de empresa para evitar los indefinidos).
Actualmente me ofrecen un contrato de fijo discontinuo pero antes de aceptar me gustaría saber varios puntos:
- ¿Se considera igual que un indefinido? ¿Es decir en caso de que yo me quiera marchar tendría derecho a paro?
- Teniendo en cuenta que para mi puesto hay trabajo todo el año (creo que lo que intentan es mandarme a la calle en el mes de vacaciones) podría indicarse una clausula para que no pueda permanecer inactiva más de un mes cada doce meses para asegurarme que después de un mes me volverán a llamar.
- ¿Qué pasa en caso de embarazo?
- Tendría derecho a solicitar vacaciones durante el tiempo que me llaman para trabajar, o por lo general se paga con el finiquito cuando te cesan.
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Un fijo discontinuo es indefinido, pero a plazos, por decirlo así. Tienes derecho a paro en los períodos de tiempo en que no trabajes, pero cuando te llamen para trabajar tienes que hacerlo o es una baja voluntaria, sin paro.
Todos esos contratos temporales que has tenido están en fraude de ley, por mucho que te hayan pasado de una empresa a otra, y el nuevo contrato fijo discontinuo lo estará también. Será muy fácil demostrarlo. Por tanto fírmalo si quieres seguir. Cuando quieran echarte será el momento de demandar por despido improcedente, ya que el juez considerará que eres indefinida desde el principio.
Por tanto a todas tus preguntas la respuesta es la misma: ya eres indefinida. SI no te vuelven a llamar demandas. Si te echan por estar embarazada demandas. Leelo en mi web.
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