Día de asuntos propios para disfrutar en festivo
Mi pregunta es si un trabajador de hostelería en Murcia puede coger el día de asuntos propios el 25 de diciembre. Tal día, es cuando el restaurante más trabajo tiene por ser festivo y Navidad y es imposible para la empresa prescindir de dicho trabajador, que además ocupa el puesto de 2º jefe de cocina, justamente ese día.
Sí que es cierto que el convenio establece un día de asuntos propios al año, del que no especifica nada más.
Este trabajador no lo ha disfrutado aún.
Además, es delegado sindical de la empresa, por lo que si se lo negamos, puede ser que el sindicato se nos eche encima.
¿Qué podemos hacer?
Sí que es cierto que el convenio establece un día de asuntos propios al año, del que no especifica nada más.
Este trabajador no lo ha disfrutado aún.
Además, es delegado sindical de la empresa, por lo que si se lo negamos, puede ser que el sindicato se nos eche encima.
¿Qué podemos hacer?
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Respuesta de letonasa
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