Permiso remunerado.
En el punto e) del Articlulo 50 del Capítulo VII del Convenio Colectivo Básico, de ámbito estatal, para las industrias cárnicas, dice que previa solicitud por escrito el trabajador se podrá ausentar del trabajo "por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal"
Debo entender que previa solicitud puedo acudir al médico sin perder la remuneración de ese tiempo.
Es que en mi empresa solo nos dan permiso ausentarnos para el médico si es una visita a un especialista cop cita previa y además esas horas de ausencia se nos descuenta al cobrar la nomina.
Debo entender que previa solicitud puedo acudir al médico sin perder la remuneración de ese tiempo.
Es que en mi empresa solo nos dan permiso ausentarnos para el médico si es una visita a un especialista cop cita previa y además esas horas de ausencia se nos descuenta al cobrar la nomina.
1 respuesta
Respuesta de joseaf2
1