Embarazo baja por IT y vacaciones.
A fin de agosto daré a luz, la empresa cierra por vacaciones desde el 27 julio hasta el 14 de agosto ambos inclusive durante este periodo mi ginecólogo me dará de baja por it. Mi convenio colectivo es el metal el cual establece " Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa concida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el articulo 48.4 del ET en su redactado vigente a fecha 4 de junio de 2008, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de incapacidad temporal o la del disfrute del permiso que por aplicación de dcho precepto le correspondiera, al finalizar el período de supencion, aunque haya terminado el año natural a que corresponde". Por lo tanto como sería una enfermedad derivada por el embarazo podría pedirlas una vez finalizado el permiso de maternidad. Pero lo que mi convenio no aclara es sobre el periodo de lactancia quisiera acumular la media hora diaria para poder estar con mi bebe el mayor tiempo posible, al tener que llevarlo a la guardería cuando me incorpore a mi jornada laboral. ¿Cuántos días me correspondería previo acuerdo con el empresario? ¿Con cuánto tiempo de antelación debería notificar a mi empresa sobre mis intenciones?
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Respuesta de manucris
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