Me olicitan la devolución del Pago Único
Mi pregunta es más bien una petición de apoyo para poder defender mi situación.
En Septiembre del 2005 tome parte en la composición de una sociedad, donde no soy administrador, y tengo el 49% de las acciones. Yo seguía trabajando por cuenta ajena en otra ciudad. Bien, en Enero del 2006 puedo optar a inscribirme en el INEM y solicitar el Pago Único en su totalidad (tengo un 33% de minusvalía reconocido) para posteriormente darme de alta como autónomo y poder facturar a la empresa que se formo con anterioridad. Puse como justificantes de la finalidad de los gastos del importe que se supone recibiría, presupuestos de mobiliario, material informático etc.
Me concedieron e ingresaron el Pago Único tres meses más tarde, pues bien, como el desarrollo de la empresa en la que soy socio al 49% empezó con anterioridad, y en dicho alta de la sociedad, se adquirió un local en el que realizar la labor, y dentro de dicho local había mobiliario que el vendedor nos cedió hasta la compra de uno nuevo (no lo necesitaba y dio esa facilidad) la cuestión es que para digamos guardarse un poco las espaldas realizo un préstamo con garantía de una vivienda mía, sin pagos mensuales, solo un pago en Julio del 2006, en el cual se podría descontar el importe del mobiliario si al final lo retiraba.
Bien, como la situación posterior a mi alta como autónomo y concesión del pago único en el tema financiero, se empezaba a intuir un poco en declive, decido al final quedarme con el mobiliario, con lo cual pagué dicho préstamo al completo, parte de ese préstamo se pago con el importe del Pago único.
El mayor problema es que en las escrituras tanto de la compra del local, como del préstamo pagadero a un año con fecha posterior a la concesión del Pago Único, no se indica a este respecto de la cesión del mobiliario y la posible devolución.
Ahora me piden que lo devuelva por indicar que la operación de compra se hizo con carácter anterior a la petición del pago Único, y que el dinero no fue destinado a los presupuestos adjuntados a la solicitud del mismo.
Yo creo ver diferencia entre la compra del local para la realización de la actividad de la empresa en la que soy socio... Y mi posterior incorporación a autónomos para poder costear el mobiliario de una forma u otra dentro de mi actividad, aunque al final no fuesen los diferentes conceptos que se entregaron en los presupuestos, máxime viendo el ahorro que podríamos tener comprando el mobiliario cedido, estando este en buenas condiciones, y siendo mucho más numeroso que si se hubiese comprado nuevo.
La verdad es que me han dado un plazo que me cumple este Jueves día 11 de Junio del 2009 para presentar alegaciones... Y sinceramente por circunstancias personales y laborales, no me encuentro capacitado para poder plantear una posible defensa ante esta situación... Además de agradecer su asesoramiento, pediría la posibilidad de alguien que me representase legalmente sobre este asunto.
En Septiembre del 2005 tome parte en la composición de una sociedad, donde no soy administrador, y tengo el 49% de las acciones. Yo seguía trabajando por cuenta ajena en otra ciudad. Bien, en Enero del 2006 puedo optar a inscribirme en el INEM y solicitar el Pago Único en su totalidad (tengo un 33% de minusvalía reconocido) para posteriormente darme de alta como autónomo y poder facturar a la empresa que se formo con anterioridad. Puse como justificantes de la finalidad de los gastos del importe que se supone recibiría, presupuestos de mobiliario, material informático etc.
Me concedieron e ingresaron el Pago Único tres meses más tarde, pues bien, como el desarrollo de la empresa en la que soy socio al 49% empezó con anterioridad, y en dicho alta de la sociedad, se adquirió un local en el que realizar la labor, y dentro de dicho local había mobiliario que el vendedor nos cedió hasta la compra de uno nuevo (no lo necesitaba y dio esa facilidad) la cuestión es que para digamos guardarse un poco las espaldas realizo un préstamo con garantía de una vivienda mía, sin pagos mensuales, solo un pago en Julio del 2006, en el cual se podría descontar el importe del mobiliario si al final lo retiraba.
Bien, como la situación posterior a mi alta como autónomo y concesión del pago único en el tema financiero, se empezaba a intuir un poco en declive, decido al final quedarme con el mobiliario, con lo cual pagué dicho préstamo al completo, parte de ese préstamo se pago con el importe del Pago único.
El mayor problema es que en las escrituras tanto de la compra del local, como del préstamo pagadero a un año con fecha posterior a la concesión del Pago Único, no se indica a este respecto de la cesión del mobiliario y la posible devolución.
Ahora me piden que lo devuelva por indicar que la operación de compra se hizo con carácter anterior a la petición del pago Único, y que el dinero no fue destinado a los presupuestos adjuntados a la solicitud del mismo.
Yo creo ver diferencia entre la compra del local para la realización de la actividad de la empresa en la que soy socio... Y mi posterior incorporación a autónomos para poder costear el mobiliario de una forma u otra dentro de mi actividad, aunque al final no fuesen los diferentes conceptos que se entregaron en los presupuestos, máxime viendo el ahorro que podríamos tener comprando el mobiliario cedido, estando este en buenas condiciones, y siendo mucho más numeroso que si se hubiese comprado nuevo.
La verdad es que me han dado un plazo que me cumple este Jueves día 11 de Junio del 2009 para presentar alegaciones... Y sinceramente por circunstancias personales y laborales, no me encuentro capacitado para poder plantear una posible defensa ante esta situación... Además de agradecer su asesoramiento, pediría la posibilidad de alguien que me representase legalmente sobre este asunto.
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Respuesta de Asade Sindicato
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