Duda sobre finiquito en vacaciones y paga extra

He causado baja voluntaria en mi empresa por cambio de trabajo. Lo he hecho con los 15 días de preaviso legalmente establecidos y me surge una duda en cuanto al finiquito. En mi empresa hay 14 pagas (julio y diciembre) y tengo pendientes de disfrutar 8 días de vacaciones, esos 8 días de vacaciones no disfrutadas ¿deben pagarme también su parte proporcional de paga extra? En total he trabajado 4 meses y tengo los 8 días sin disfrutar, entonces ¿me tendrían que dar la paga extra correspondiente a 128 días (4 meses+8dias)?

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No, los 8 días de vacaciones no disfrutadas no devengan pagas extras.
Pero cuando se disfrutan las vacaciones su remuneración incluye parte proporcional de pagas extra, y se supone que cuando hay un cese (bien voluntario o bien por despido) es el único caso en que las vacaciones pueden sustituirse por retribución económica, entonces debería ser la misma retribución que si se hubieran disfrutado, ¿no es así?
¿Aprovecho para preguntale si en el finiquito firmo con "recibido no conforme" se pueden negar a darme el finiquito?
Muchas gracias por su ayuda y un saludo
Lo que dices es cierto, pero las vacaciones no disfrutadas es una situación especial, pues aunque la empresa cotiza por ti y es considerada situación asimilada al alta, sin embargo no se considera que la relación laboral esté viva durante dicho periodo. Por tanto, la extinción de la relación laboral se produjo antes de dicho periodo, por lo que no se devengan pagas extras.
La empresa siempre podrá negarse a darte el finiquito. Esa es una cuestión de hecho y no jurídica. Puede ser que cuando le digas que vas a poner "no conforme" la Empresa decida no pagarte. Cuestión distinta es que sí tiene obligación y, por tanto, podrás exigir el pago judicialmente.

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