Baja voluntaria indemnización
Mi convenio dice que debo avisar con 60 días de antelación, por baja voluntaria, y de lo contrario debo indemnizar a la empresa el salario de cada día por día de antelación no avisado. Es decir, si aviso con 30 días, debería indemnizar los siguientes 30 con el sueldo de un mes.
Veo que pone que se podrá deducir de la liquidación salarial a practicar.
¿La liquidación es el conocido finiquito no? Vacaciones + pagas que faltan y no sé si algo más..
La cuestión es que quiero empezar en otra empresa en 15 días o 30 como mucho, ¿sólo me descontarán del finiquito?
¿Cobraré mi último mes?
Siendo 30 días que me faltarían en el caso de avisar con 30, para hacer 60, eso sería un sueldo entero que es más supongo que el finiquito, ¿en este caso me pedirán la diferencia de alguna otra manera o sólo afecta al finiquito?
Veo que pone que se podrá deducir de la liquidación salarial a practicar.
¿La liquidación es el conocido finiquito no? Vacaciones + pagas que faltan y no sé si algo más..
La cuestión es que quiero empezar en otra empresa en 15 días o 30 como mucho, ¿sólo me descontarán del finiquito?
¿Cobraré mi último mes?
Siendo 30 días que me faltarían en el caso de avisar con 30, para hacer 60, eso sería un sueldo entero que es más supongo que el finiquito, ¿en este caso me pedirán la diferencia de alguna otra manera o sólo afecta al finiquito?
2 Respuestas
Respuesta de asesorlab
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Respuesta de charly2000
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