Interpretación del tope máximo de doce mensualidad
Me plantea un empresario que el tope de doce mensualidades, cuando en un ere se paga 20 días por año de servicio, estaría en el pago de doce veces ese calculo de veinte días por año, es decir una trabajador que lleve más de 12 años en la empresa, su calculo se hará por 12.
Yo entiendo que las doce mensualidades se refiere a un año de salario bruto y que para que este tope entre en funcionamiento se requiere que la antigüedad del trabajador sea de 18, 25 años, momento en que lo veinte días por año se convierten en un años bruto de salario. No atiende a razones, pues es su interpretación ¿estoy en lo cierto, me vuelvo chaveta? ¿Cómo se lo explico?
Yo entiendo que las doce mensualidades se refiere a un año de salario bruto y que para que este tope entre en funcionamiento se requiere que la antigüedad del trabajador sea de 18, 25 años, momento en que lo veinte días por año se convierten en un años bruto de salario. No atiende a razones, pues es su interpretación ¿estoy en lo cierto, me vuelvo chaveta? ¿Cómo se lo explico?
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Respuesta de sensei1
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