Retención salarios

Hola! Mi problema es el siguiente:
Mi contrato era obra o servicio determinado, pasado un tiempo a la empresa se le obligo a que pasara el contrato a indefinido pues en el convenio de instalaciones deporivas y gimnasios, si en el periodo de 30 meses estas 24 dada de alta, laa empresa esta obligado a que seas indefinido. Bueno eso tengo entendido.
Bien, pues la empresa nos ofreció el contrato indefinido ( ilusos.. Creíamos que era por bien...) pero con la condición de que cada mes nos retenían una parte del sueldo para que el día de mañana cuando el trabajo que estábamos realizando cesara ( pues era una contrata con un Ayto) nos indemnizarían por despido causas obletivas, con ese dinero.
¿La contrata del Ayto ha cesado con la empresa que trabajábamos y una de las condiciones es que la empresa entrante tiene la obligación de subrogar a los trabajadores y claro nosotros hemos aceptado pero que pasa con el dinero que nos han " mangado"?
¿Hay alguna posibilidad de reclamarlo? Puede comprobarse que hace dos años teníamos contratos de obra o servicio determinado y cobrábamos más en nomina. Ahora tenemos contrato indefinido y cobramos menos. Así que las nominas de hace dos años son más altas que las actuales y claro la vida sube... Aun con crisis.
Una ayudita para saber como reclamar ese dinero.
Ah! Todo esto de la retención de parte del sueldo fue de boquilla y aceptamos pero porque nos dijeron que cuando cesara la actividad nos lo darían... Aunque fuera como indemnización... Pero como era nuestro dinero que más da mes a mes en la nomina que de golpe a final del contrato. Y nada ni una cosa ni otra.
Ayuda please!

3 respuestas

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Ante todo, ten presente que ninguna empresa puede por ley retener a los trabajadores importe alguno en concepto que no sea embargo de sueldos y salarios y poseyendo una resolución al tal efecto. Por supuesto está de más comentarte que en el caso de un contrato indefinido siempre y cuando el despido no sea procedente, en cuyo caso no lleva indemnización, ésta corre a cargo de la empresa, que es la que rescinde el contrato, y no de cantidades a cuenta retenidas al trabajador en su nómina.
Mi recomendación es que demandéis judicialmente tanto a la empresa actual como a la anterior, dado que la subrogación de trabajadores implica que a partir de ese momento, la empresa actual es la responsable subsidiaria de cuantos hechos se produzcan.
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Perdona que te eche la regañina pero es que acudís siempre cuando ya se ha metido la pata, pero a quien se le ocurre aceptar esas condiciones, se os paga lo que se tiene que pagar y si el día de mañana la empresa tiene que despediros que lo pague de su bolsillo, pero que indemnización es esa que vosotros mismos la pagáis, mira lo de aceros fijo es por ley no por tu convenio, eso se hace con todos los contratos obras y servicios que llevan el tiempo determinado de meses contratados, lo de reclamar creo que podréis, a ver las reclamaciones de salarios y otros conceptos de dinero tiene caducidad de 1 año, así que o del ultimo año podéis reclamarlo,¿cómo? Debéis tebed pruebas de ese pacto o puede de que xomo soiis varios sirva la palabra de vosotros, imagino que al reteneros del sueldo una cantidad para esa "huchita" el salario probablemente se quedaba por debajo de convenio, eso lo podríais reclamar y si fuese así la actual nómina tendría que subir hasta `ponerse por convenio, mira las tablas salariales del convenio del año pasado, súmale los complementos que tengas y a ver si es según nóminas del pasado año o está por debajo.
Yo os aconsejo que valláis a un abogado y os presente una papeleta de conciliación ante el SMAC para el grupo entero de afectados, este es un tema que sin ver nóminas, convenio, etc... por aquí es un tanto difícil marcarte las directrices a seguir,
Si deseas alguna otra cosa me preguntas, si no, finaliza la pregunta.
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Podéis reclamar hasta 1 año atrás, no más mediante una demanda por reclamación de cantidades en el juzgado de lo social

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