Convenio de peluquería horas efectivas trabajadas

Yo trabajo en un centro capilar, dentro del convenio de peluquería y centros de estética, gimnasios... En este convenio para el año 2009 las horas efectivas de trabajo son de 1968. Yo he contado las horas efectivas de trabajo y me da 1975, de aquí he descontado los festivos tanto locales etc... Al descontar las vacaciones mi empresa me debe aun 25h. Mi pregunta es: ¿Debo descontar también los 4 días de asuntos propios que tengo y que he disfrutado? O por el contrario los días de asuntos propios por estar en el apartado de licencias( por matrimonio..., por cambio de domicilio, etc...)no hay que descontarlos. Esta es mi duda no se si los días de A.P. Son como si se trabajaran.

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En efecto no tienes que descontarlos. Son permisos retribuidos.
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