Vacac.y ld tras permiso por riesgo de lactancia

Soy trabajadora del SERGAS y tengo muchas dudas respecto al disfrute de vacaciones y días de libre disposición.
  Después de dar a luz disfruté el permiso por maternidad y el de riesgo de lactancia, que remató el día 16 de diciembre al cumplir mi hijo 9 meses. Me dijeron que obligatoriamente tenía que disfrutar las vacaciones a continuación, ¿del 17/12/09 al 15/01/10 y por lo tanto pierdo mis días de libre disposición. Me dicen que tengo derecho a ellos pero que no podía disfrutarlos unidos al permiso ya que existe? Una nueva normativa que indica que las vacaciones en estos casos, al cambiar de año tienen que ir obligatoriamente unidas al permiso.( Los LD se pueden disfrutar hasta el 15/01/10 )

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No conozco de la existencia de dicha normativa mitolas, lo único que conozco y que esta relacionado con tu caso es la Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de Noviembre de 2005 y la Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, de su Sala 6.ª, de fecha 18 de marzo de 2004. En ambas sentencias se establece que:
Ha de interpretarse en el sentido de que una trabajadora deberá poder disfrutar de sus vacaciones anuales durante un período distinto del de su permiso por maternidad y que en caso de coincidencia de ambos períodos de descanso, podrá hacer uso del derecho a la vacación anual en tiempo distinto al establecido en la empresa para la vacación anual.
Esto es lo que esta haciendo tu empresa al darte tus vacaciones a continuación de la baja maternal, aunque nada en dichas sentencias o en la ley se oponga a que tu empresa te diera primero los dos días de libre disposición y acto seguido tus vacaciones.
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