Me obligan a firmar la nomina para pagarme

La verdad es que en estos temas soy un poco verdecilla, me gustaría buscar asesoramiento pues no se exactamente como actuar, te cuento, mejor dicho te resumo.
Mi jefa me tiene empleada desde hace 2 años como ayudante de bartman, el primer medio año bien, pero luego pues como las confianzas dan asco y ella tiene problemas con la bebida empezó a hacerme mooving, esto me llevo a un trastorno de ansiedad generalizado por el cual mi psiquiatra me ha recomendado salirme de ahí, la cosa es que ella me ha hecho el mooving porque desea echarme y librarse de mi pero no pagarme.
Me parece injusto que me eche de esta forma así que me vino bien que mi psiquiatra me extendiera la baja, ahora se ha cabreao y pues me dice que si no firmo la nomina no me pagara y ya va retrasada, me pregunto si tengo obligación de firmar o ella es quien esta obligada a pagarme, tengo que decirte también que ella lleva varias nominas sin pasármelas porque así lo decidió, vamos que tiene un descontrol increíble. Muchas gracias por tu ayuda por adelantado y te pido disculpas por el rollo que te suelto.

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Lo que planteas no es ningún rollo, ya que es tu situación ilegal por parte de tu empresa en condiciones laborales.
Tu no puedes firmar una nomina que todavía no has cobrado, porque seria como un recibí. Y por otra parte tiene la obligación de darte todas las nominas retrasadas.
Por consiguiente y como de momento el despido en España es libre pero no gratuito, pon una denuncia ante Inspección de Trabajo, por estos hechos, que esto también es gratuito, y en el momento que debe de pagarte, automáticamente le denuncias ante el juzgado de lo social, por reclamación de cantidad, y para eso tienes 12 meses de plazo.
Igualmente, y como no tienes las nominas en tu poder, acercate a la Seguridad Social y al Inem, para verificar tu contrato, y saber si tu jefa esta pagando por ti la Seguridad Social, no vaya a ser que te encuentres con sorpresas.
Y si te quiere despedir, aun estando de baja, pues perfecto. Cobraras 45 días por año, con un máximo de 42 mensualidades, más finiquito, y derecho a prestación de desempleo, por despido improcedente.
Quedo a tu disposición, y si no tienes más preguntas, finaliza y puntúa

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