Despido colectivo y ERE
Mi empresa quiere realizar un ERE de despido colectivo por causas económicas, y algunos de mis compañeros que se han asesorado dicen que para hacer algo así, la empresa tiene que consignar en el juzgado los importes correspondientes al 60% de la indemnización de todos los trabajaores afectados por el ERE.
¿Es esto cierto? Porque si es un requitiso indispensable, no creo que la empresa pueda tirarlo para adelante, pues no tiene liquidez suficiente, pues somos unos 12 trabajadores y algunos con más de 10 años de antigüedad...
Ha de afectar a todos los trabajadores en plantilla, o alguno puede quedar excluido del ERE
¿Es esto cierto? Porque si es un requitiso indispensable, no creo que la empresa pueda tirarlo para adelante, pues no tiene liquidez suficiente, pues somos unos 12 trabajadores y algunos con más de 10 años de antigüedad...
Ha de afectar a todos los trabajadores en plantilla, o alguno puede quedar excluido del ERE
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Respuesta de Asade Sindicato
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