Distribución de carga horaria semanal
Trabajo 44 hs semanales. En Uruguay, país de mi residencia existe la ley Ley N° 7.318 - Dec. 437/88 de 29/6/88 que dice que el descanso semanal en el sector comercial debe ser de 36 hs continuas.
El hecho es que yo trabajo 7hs 20 minutos de lunes a sábado, de 12:40h a 20h . No tengo ninguna jornada partida; son 6 jornadas la misma carga horaria. Yo veo así (y lo siento) un descanso semanal de un día : el domingo . Pero la empresa en la que trabajo me cuentan las 36hs de descanso así: el sábado desde que me voy hora 20 más el domingo van 28hs, más las 12hs del lunes, hasta las 12:40 que ingreso ya se cumplen las 36h de descanso. ¿Eso es correcto? ¿O tal como interpreto la ley de 7 días que tiene la semana debería trabajar 5 y medio?
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El hecho es que yo trabajo 7hs 20 minutos de lunes a sábado, de 12:40h a 20h . No tengo ninguna jornada partida; son 6 jornadas la misma carga horaria. Yo veo así (y lo siento) un descanso semanal de un día : el domingo . Pero la empresa en la que trabajo me cuentan las 36hs de descanso así: el sábado desde que me voy hora 20 más el domingo van 28hs, más las 12hs del lunes, hasta las 12:40 que ingreso ya se cumplen las 36h de descanso. ¿Eso es correcto? ¿O tal como interpreto la ley de 7 días que tiene la semana debería trabajar 5 y medio?
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Respuesta de martirola
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