Información ERE

Buenas tardes.
Mi empresa ha presentado un Expediente de Regulación de Empleo que afecta a gran parte de la plantilla. Todavía no hay resolución por parte de la Autoridad Laboral pero el informe que ha emitido la Inspección de Trabajo ha sido favorable a la empresa indicando la posibilidad de aprobar este ERE por causas producticas, no económicas como argumentaba la empresa dado que en los últimos años ha obtenido beneficios.
Durante el periodo de consultas entre empresa y representantes de los trabajadores no se llegó a un acuerdo, ni en la cantidad de despidos ni en las indemnizaciones.
Mis preguntas son las siguientes:
Al no haber acuerdo,¿la indemnización que obtendremos los trabajadores por el despido será la mínima (20 días) o la Autoridad Laboral podría indicar otra cuantía basándose en esos beneficios obtenidos por la empresa?
¿Los trabajadores de forma individual podemos reclamar esa resolución?,¿Cómo y en que plazos?
Gracias de antemano.
Un saludo.

3 respuestas

Respuesta
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Si se aprueba el ERE los trabajadores afectados solo recibirán esos 20 días de indemnización (salvo que la empresa voluntariamente suba su cuantía), la posibilidad de aumentar esa cuantía no depende de la autoridad laboral sino de la empresa, pues la cuantía viene fijada por la ley y la autoridad laboral no puede incrementarla
Contra la resolución cabe recurso administrativo en el plazo de un mes (la propia resolución deberá declararlo expresamente), y en caso de desestimación queda abierta la vía judicial laboral
Por otra parte el 51.6 del Estatuto señala: "Cuando el período de consultas concluya sin acuerdo, la autoridad laboral dictará resolución estimando o desestimando, en todo o en parte, la solicitud empresarial. La resolución se dictará en el plazo de quince días naturales a partir de la comunicación a la autoridad laboral de la conclusión del período de consultas; si transcurrido dicho plazo no hubiera recaído pronunciamiento expreso, se entenderá autorizada la medida extintiva en los términos de la solicitud.
Interpuesto el recurso administrativo, transcurrido 3 meses sin dictar resolución se entenderá desestimado
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http://www.laboris.net/static/ca_derechos_regulacion/aspx
Aquí tienes bastante información.
Gracias por contestar tan rapido.
En el enlace que me facilitas solamente aparecen ofertas de empleo.
Un saludo.
Siento que hayan retirado esta información, sin embargo podéis reclamar en contra de la resolución y aunque podéis hacerlo de forma individual, conjuntamente vais a tener más fuerza, también es conveniente que acudáis a un sindicato para que os represente y lleve los trámites adecuados.
Suerte
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Como lo cuentas me da la sensación de que a la empresa no le han concedido el ERE, pues si fuese lo contrario, desde el primer día de notificárselo a la empresa estaríais ya todos con esas reducciones, por lo que actualmente si la empresa echa a alguien tendrá que ser, con despido improcedente y con 45 días de indemnización por año.

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