Finalización

Buenos días:
Desde el 1 de noviembre de 2001 tuve que buscar una señora solo para llevar y recoger a mis hijos al colegio que por aquel entonces eran pequeños, pero como se llevan 6 años entre sí, he seguido manteniéndola hasta este año que mi hija pequeña ha cumplido 14 años.
La pago por transferencia bancaria todos los primeros de mes, no tenemos contrato escrito, verbalmente yo le comente que le pagaría un mes de vacaciones, siempre y cuando coincidieran con las mías. Al principio era un mes dividido en (Agosto y Diciembre) puesto que yo solo tengo un mes de vacaciones como todos los trabajadores, pero cuando los niños se fueron haciendo grandes y podían quedarse solos en casa, las vacaciones se ampliaron a parte de disfrutar y cobrar el mes Agosto completo, también ha disfrutado y ha cobrado dos semanas en Navidades y 1 semana en Semana Santa y casi todos los puentes de cada año. Si que es cierto que esto yo lo hacia porque me sabia mal descontarle esos días en la mensualidad, y porque pensaba que de esta forma estaría más contenta.
Evidentemente la situación ha cambiado puesto que mis hijos ya son grandes y decidimos que este curso escolar seria el último, se lo comente con 1 mes de antelación por lo que el 30 de junio de 2010, nos hemos despedido en principio de buen agrado, abonándole por transferencia, como siempre, la mensualidad del mes de junio 2010.
Pero cual ha sido mi sorpresa cuando me ha llamado diciéndome que ha recibido la transferencia, pero que la debo un mes de vacaciones.
Yo le he contestado que no le debo nada, y me ha amenazado con vernos en los Tribunales.
Estoy un poco preocupada, porque no sé si realmente la debo algo o por consiguiente me puede traer problemas.

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En todo caso, le tendrías que abonar la parte proporcional del mes de vacaciones, en este caso quince días. Pero ten cuidado con estos casos puede demandarte y tener todas las de perder. Ella puede demostrar, mediante las transferencias que le has hecho que ha trabajado para ti, sin contrato y sin alta en Seguridad Social y la multa que te puede caer no es moco de pavo. Puede ser grave.
Intenta arreglar las cosas por las buenas, habla con ella e intenta llegar a un acuerdo para que ninguna salga perjudicada. Sobre todo tú.
Si me has sido de gran utilidad pero si ella ha disfrutado 18 días naturales en diciembre y pagados y 8 días en semana santa y pagados, estoy obligada a pagarle 15 días más.
¿Quería comentarte también que si estoy obligada a asegurar a una persona que trabaja 2 horas diarias escasas, es decir 10 horas a la semana?, tengo entendido que no.
En diciembre No entra dentro de las vacaciones de este año. Las vacaciones empiezan con el año natural, si ha cogido 8 días en semana santa, ofrécele 7 días más.
Perdona, creía que estaba más tiempo en casa. No, no tienes obligación, pero en estos casos se firma una especie de contrato privado entre ambas partes.
De cualquier manera, intenta llegar a un acuerdo con ella para no tener problemas.
Como bien dices las vacaciones empiezan con el año natural, las vacaciones de diciembre que llamamos de navidad, van desde el 24 de diciembre al 10 de enero de 2010 ambos inclusive, por este motivo en enero ha disfrutado si no me confundo 10 días naturales, que junto con los 8 días naturales de semana santa, creo que no debo pagarla nada más, si tu no me dices lo contrario.
Esta señora está cobrando una pensión por viudedad, me consta que los ingresos que ha percibido por el trabajo realizado en mi casa no lo ha declarado como ingreso en hacienda, posiblemente no haga ni la declaración porque sus rentas sean inferiores a los 22.000 euros brutos anuales de un solo pagador, ¿debería de haber hecho la declaración de la renta porque ha percibido unos ingresos de más de 4.500 euros brutos anuales de otro pagador, que soy yo?
Si ella no ha declarado, tú tampoco. Esto es el pez que se muerde la cola. Aquí no se trata de que lo cobra ella por otro lado o si declara o no (lo cual no es mi terreno), se trata de que es una señora que lleva trabajando para ti durante muchos años y que ahora no la necesitas y lo que si necesitáis es llegar a un acuerdo.
Te vuelvo a dar el consejo que te dí en mi anteriores respuestas: trata de negociar o hablar con ella e intentéis llegar a un acuerdo beneficioso para ambas partes.

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