Reircoporacion denegada de excedencia y embarazada
He pedido un ano de excedencia para cuidar un familiar según Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos Catalunya 2008-2011, me lo concedieron, pero cuando pedí la reirconporacion me han dicho Por medio de la presente lamentamos tener que comunicarle que en estos momentos
en los que usted nos solicita su reincorporación a la empresa tras disfrutar de un
período de excedencia voluntaria, concedido de acuerdo a lo establecido en el artículo
46 del Estatuto de los Trabajadores y el convenio colectivo de aplicación, no contamos
con ningún puesto vacante. Yo le conteste lo siguiente:En relación a su respuesta si así lo podríamos llamar cabe anotar de acuerdo a lo expresado que mi incidencia se basa en la normativa legal regida por el art. 46 del TRET el cual en su numeral 3 párrafo 5 habla expresa y taxativamente sobre la reincorporación del trabajador una vez termine su excedencia en los siguientes términos "el trabajador durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo, la reserva quedara referida a un puesto de trabajo del mismo grupo Professional o categoría equivalente" Como pueden apreciar la norma es clara y no da lugar a interpretaciones erróneas como las que ustedes han aplicado, por lo tanto su respuesta "no contamos con ningún puesto vacante" no se ajusta a Derecho, en tal sentido es inaceptable dado que me colocan en un limbo laboral. En este momento he terminado la atención de mi padre y me encuentro nuevamente en Barcelona por lo tanto solicito el reintegro de mi puesto de trabajo de acuerdo a la normativa legal o en su defecto el despido por parte de ustedes sin causa justificada con los beneficios de Ley que me correspondan, en concordancia con lo expresado cabe anotar también que mi periodo de excedencia es computable a mi antigüedad laboral "El periodo en que el trabajador permanezca en situación de excedencia conforme a lo establecido en este articulo será computable a efectos de antigüedad (art.46 del TRET numeral 3 párrafo 5)".
En espera de una pronta respuesta.Por favor necesito saber que puedo hacer tengo 8 meses de embarazo, pronto tendré mi bebe, no puedo cobrar el paro, ni la baja, ¿ni nada? ¿Cuáles son mis derecho como mujer? Soy española
en los que usted nos solicita su reincorporación a la empresa tras disfrutar de un
período de excedencia voluntaria, concedido de acuerdo a lo establecido en el artículo
46 del Estatuto de los Trabajadores y el convenio colectivo de aplicación, no contamos
con ningún puesto vacante. Yo le conteste lo siguiente:En relación a su respuesta si así lo podríamos llamar cabe anotar de acuerdo a lo expresado que mi incidencia se basa en la normativa legal regida por el art. 46 del TRET el cual en su numeral 3 párrafo 5 habla expresa y taxativamente sobre la reincorporación del trabajador una vez termine su excedencia en los siguientes términos "el trabajador durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo, la reserva quedara referida a un puesto de trabajo del mismo grupo Professional o categoría equivalente" Como pueden apreciar la norma es clara y no da lugar a interpretaciones erróneas como las que ustedes han aplicado, por lo tanto su respuesta "no contamos con ningún puesto vacante" no se ajusta a Derecho, en tal sentido es inaceptable dado que me colocan en un limbo laboral. En este momento he terminado la atención de mi padre y me encuentro nuevamente en Barcelona por lo tanto solicito el reintegro de mi puesto de trabajo de acuerdo a la normativa legal o en su defecto el despido por parte de ustedes sin causa justificada con los beneficios de Ley que me correspondan, en concordancia con lo expresado cabe anotar también que mi periodo de excedencia es computable a mi antigüedad laboral "El periodo en que el trabajador permanezca en situación de excedencia conforme a lo establecido en este articulo será computable a efectos de antigüedad (art.46 del TRET numeral 3 párrafo 5)".
En espera de una pronta respuesta.Por favor necesito saber que puedo hacer tengo 8 meses de embarazo, pronto tendré mi bebe, no puedo cobrar el paro, ni la baja, ¿ni nada? ¿Cuáles son mis derecho como mujer? Soy española
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Respuesta de joseaf2
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