Tengo 58 años y llevo tada mi vida trabajando, trabajo en la construcción últimamente con contratos fin de obra. Tengo la certeza que la empresa va a prescindir de mi y se que tengo derecho a dos años de paro, pero mi problema radica en el después del paro. No se como esta el tema de la prejubilación, no se si tengo derecho a ella. ¿Hay alguna forma de conseguirla?
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Respuesta de mirror01
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Requisitos que debe cumplir para poder cobrar un subsidio para mayores de 52 años: Estar desempleado. Tener cumplidos 52 años en la fecha de solicitud. Estar inscrito como demandante de empleo y no haber rechazado oferta de empleo adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde la inscripción como demandante de empleo. Suscribir el Compromiso de Actividad. Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral. Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social. Estar incluido en alguno de los supuestos siguientes: Estuviese percibiendo o tuviese derecho a percibir subsidio. Hubiese agotado subsidio. Hubiera agotado una prestación por desempleo y no percibido subsidio correspondiente o lo hubiese extinguido, por carecer, inicialmente o con carácter sobrevenido, del requisito de rentas y/o, del de responsabilidades familiares. Ser emigrante retornado (haber trabajado como mínimo 12 meses en el extranjero desde su última salida de España) sin derecho a prestación contributiva por desempleo. Ser liberado de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses. Haber sido declarado plenamente capaz o inválido parcial como consecuencia de expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, invalidez absoluta o total para la profesión habitual. Estar en situación legal de desempleo, no tener derecho a prestación contributiva por desempleo por no haber cubierto el período mínimo de cotización (12 meses), siempre que hayan cotizado, al menos, 3 meses. Duración Hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión de jubilación. Contenido y cuantía La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM): 421,79 euros para el año 2009 y 426 euros/mes en 2010. Un saludo [url=http://www.ristoriasesores.com]Asesoría Online[/url]