Tengo 47 años, sin cargas familiares, he trabajado en el último año 4 meses y no tengo derecho a cobrar el paro, ¿Tengo derecho a cobrar el subsidio de desempleo?
Para percibir algunas modalidades de subsidio por desempleo no se exige como requisito tener cargas familiares. Es el caso de los subsidios previstos para los siguientes colectivos: . Desempleados mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva. (Si la prestación que agota es de 720 días, previamente a este subsidio podrá cobrar el subsidio llamado "especial"). . Desempleados mayores de 52 años que cumplan todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a pensión de jubilación. . Trabajadores que hayan cotizado entre 180 y 359 días. . Desempleados que hayan sido declarados plenamente capaces o inválidos parciales como consecuencia de la revisión de su pensión de invalidez. . Desempleados liberados de prisión. . Trabajadores emigrantes retornados. Si Vd. pertenece a alguno de los colectivos citados debe cumplir los siguientes requisitos: . Carecer de rentas a titulo individual superiores en cómputo mensual al 75% del SMI vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (en 2009, ¿468?). . Estar desempleado . Estar inscrito como demandante de empleo, suscribir el compromiso de actividad y no haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar en acciones de formación, promoción o reconversión profesional. Referencia normativa: Art. 215 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por R.D. Legislativo 1/94 de 20 de junio.