Derecho al subsidio de desempleo

Tengo 47 años, sin cargas familiares, he trabajado en el último año 4 meses y no tengo derecho a cobrar el paro, ¿Tengo derecho a cobrar el subsidio de desempleo?

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Para percibir algunas modalidades de subsidio por desempleo no se exige
como requisito tener cargas familiares. Es el caso de los subsidios
previstos para los siguientes colectivos:
. Desempleados mayores de 45 años que hayan agotado una prestación
contributiva. (Si la prestación que agota es de 720 días, previamente a
este subsidio podrá cobrar el subsidio llamado "especial").
. Desempleados mayores de 52 años que cumplan todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a pensión de jubilación.
. Trabajadores que hayan cotizado entre 180 y 359 días.
. Desempleados que hayan sido declarados plenamente capaces o
inválidos parciales como consecuencia de la revisión de su pensión de
invalidez.
. Desempleados liberados de prisión.
. Trabajadores emigrantes retornados.
Si Vd. pertenece a alguno de los colectivos citados debe cumplir los siguientes requisitos:
. Carecer de rentas a titulo individual superiores en cómputo
mensual al 75% del SMI vigente, excluida la parte proporcional de dos
pagas extraordinarias (en 2009, ¿468?).
. Estar desempleado
. Estar inscrito como demandante de empleo, suscribir el compromiso
de actividad y no haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse
negado a participar en acciones de formación, promoción o reconversión
profesional.
Referencia normativa: Art. 215 del Texto Refundido de la Ley
General de la Seguridad Social aprobado por R.D. Legislativo 1/94 de 20
de junio.

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