Requisito subsidio 55 años

Tengo 35 años cotizados los últimos 12 estuve de autónomo, tengo 57 años, al terminar el autónomo no tuve derecho al desempleo llevo 2 años sin cobrar ningún tipo de prestación, me gustaría saber cuales son los requisitos que necesito para reactivar el subsidio de los 55 años.

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El subsidio para mayores de 55 años es una prestación que se concede a las personas que cumplen con los requisitos para percibir la jubilación y que se encuentran en desempleo. Esto compensa en cierta forma la gran dificultad para los trabajadores de esa edad de encontrar trabajo. Los requisitos para poder percibir el subsidio son los siguientes:
Estar en desempleo. Estar inscrito como demandante de empleo durante un período mínimo de un mes y no rechazar oferta de empleo adecuada, ni negarse a participar en acciones de formación, promoción o reconversión profesional. Es obligatorio permanecer inscrito como demandante de empleo durante toda la duración del subsidio.
Tener cumplidos 55 o más años.
Suscribir el compromiso de actividad.
Carecer de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluidas las pagas extras. Para 2013, supone no ingresar más de 483,98 euros al mes. Si el solicitante carece de rentas, pero convive con su cónyuge y/o con hijos menores de 26 o mayores discapacitados o menores acogidos, se tendrán en cuenta la renta de estos para determinar si se cumple el requisito o no. Se sumarán las rentas de todos los miembros de la familia y se dividirán entre el número total de ellos. La cantidad resultante no puede ser mayor a 483,98 euros al mes. Por ejemplo, si el solicitante no obtiene rentas, pero su cónyuge ingresa cada mes 1.000 euros, no cumple el requisito de carencia de rentas ya que al dividir la cantidad por dos, que es el número de miembros de la unidad familiar, da 500 que superan los 483,98 euros.
Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años. No se tienen en cuenta para este requisito por ejemplo, la cotización en el Régimen General de Autónomos, ya que no cotiza por desempleo.
Cumplir todos los requisitos, a excepción de la edad, para percibir una pensión por jubilación de la Seguridad Social.
Además, es necesario estar incluido en alguno de los supuestos siguientes:
Estar percibiendo o tener derecho a percibir un subsidio.
Haber agotado prestación contributiva o subsidio por desempleo.
Ser emigrante retornado sin derecho a prestación contributiva, habiendo trabajado por lo menos 12 meses en el extranjero en la última salida del país.
Ser liberado de prisión, sin derecho a prestación y habiendo permanecido más de 6 meses en la cárcel.
Haber sido declarado plenamente capaz o inválido parcial como consecuencia de expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, invalidez absoluta o total para la profesión habitual.
Estar en situación legal de desempleo, no tener derecho a prestación por no haber cubierto el período mínimo de 12 meses, siempre que se hayan cotizado al menos 3 meses.
Una vez concedido, el subsidio dura hasta que el trabajador cumple la edad para acceder a la primera pensión de jubilación de la que cumpla los requisitos. La cantidad mensual del subsidio es igual al 80% del IPREM. Para 2013, son 426 euros. Si el empleo que se perdió antes de obtener el subsidio era a tiempo parcial, se cobrará proporcionalmente a dicha jornada laboral.

Importante, si el tiempo de afilicación al RETA (Autónomos) no ha superado el año, se mantinen los derechos de desempleo del Regimen General, anteriores.

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