Curso formación continua subvencionables

He solicitado un curso gratuito para trabajadores, en la ficha de matrícula me piden que me la firmen y me la sellen en el departamento de RRHH. Pues bien la responsable de este departamento se ha negado ya que ellos tienen un convenio con el forcem y le dan la formación a quienes ellos crean oportuna. Este curso por supuesto es en horas no laborables y a distancia.
¿Hasta qué punto es esto cierto? ¿La formación continua no se deduce de mis seguros sociales? ¿Hay alguna ley o normativa que recoja esto?, no entiendo nada.
El centro donde he solicitado la información creo que tiene algún acuerdo también con el forcem.

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Si te has inscrito . diles que en la empresa no te sellan el documento y que les envías una nomina si fuera necesario . con esto seria suficiente, y la empresa tiene que dejarte días libres para poder realizar exámenes si fuese necesario
En el centro me han dicho que si no me lo autoriza la empresa no me puedo matricular, y la empresa se ha negado a firmármelo.
Pues no se que decirte cuando yo hice unos cursillos lo que me pedían era la alta como autónomo o la nomina de la empresa
no se, sol ose me ocurre que ese curso gratuito para trabajadores se finacie por la empres. Otra explicación no la tengo .
Consulta con un sindicato externo a la empresa, ellos seguro que sabrán si la empresa esta obligada a firma
esto es lo que encontré en el estatu de los trabajadores .
Promoción y formación profesional en el trabajo
1. El trabajador tendrá derecho:
a) Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia a elegir turno
de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la empresa, cuando curse con regularidad estudios para la
obtención de un titulo académico o profesional.
b) A la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional o a la
concesión del permiso oportuno de formación o perfeccionamiento profesional con reserva del puesto de trabajo.
2. En la negociación colectiva se pactarán los términos del ejercicio de estos derechos, que se acomodarán a
criterios y sistemas que tengan como objetivo garantizar la ausencia de discriminación directa o indirecta entre
trabajadores mujeres y hombres.

Suerte
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Así es, la bonificación va a un fondo común de la seguridad social destinado a la formación. Anualmente, en función de varios factores, se le asigna una cuota para que la destine a la formación y de la que puede o no hacer uso durante ese año. La cuota no es suficiente para que todos <a href="[url=http://www.coremsaonline.com/cursos-gratis-desempleados-trabajadores.html">sus]http://www.coremsaonline.com/cursos-gratis-desempleados-trabajadores.html">sus trabajadores hagan cursos de forma gratuita[/url]</a>, por lo que los representantes deben decidir en qué cursos lo emplea en función de las necesidades del personal que la forman. Por ejemplo, se instala un nuevo programa informático diferente al que utilizaban antes, es lógico que en este caso el fondo se destine para formar a la persona que va ser uso de él.
Por otro lado, la empresa que imparte los cursos para trabajadores suele ser también quienes se encargan de todos los trámites para la bonificación del curso, y para ello se exige que haya un acuerdo firmado entre la empresa que imparte el curso y la que lo solicita.
Habla con tu empresa y con el centro que lo imparten, quizás los tres puedan llegar a un acuerdo.
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Debería de dirigirse al centro y contarles lo que le pasa, ellos mejor que nadie sabrán como encauzar este tema.
Su empresa puede tener el convenio que quiera, pero si usted puede acceder a un curso que no va a ser pagado por ellos, entiendo muy poco esa actitud.

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