¿Al estar embarazada me pueden despedir?

Me he quedado embarazada y tengo miedo en decirlo a la empresa por si me echan, como ahora están cambiando tanto las leyes, pues entonces no se si ahora mismo me pueden echar por estar embarazada.

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Simple y sencillo.
No pueden.
El Estatuto de los Trabajadores, declara nulo el despido de las trabajadoras embarazadas desde la fecha del inicio del embarazo hasta la suspensión del contrato de trabajo por causa de maternidad. Aunque el empresario debe conocer el estado de gestación de la trabajadora para que sea nulo dicho despido disciplinario de ésta. No es necesario que la trabajadora comunique formalmente a la empresa su embarazo, bastando con que el empresario conozca el estado de buena esperanza de la empleada por ser una circunstancia apreciable a simple vista o bien por ser un hecho conocido de un modo público en la empresa.
Muchas gracias, ¿yo soy fija en la empresa y yo puedo decir que estoy embarazada cuando ya se me empiece a notar no? ¿Y aunque luego me incorpore después de la baja de maternidad no me tienen porque despedir no? ¿Yo puedo pedir mi reducción de jornada y no abra problema? ¿Es qué ya tengo a una compañera con reducción de jornada de mañana y claro yo también quiero de mañana por eso.Y todas las empresas tienen por obligación dar de baja desde el quinto mes de embarazo? Gracias
Puedes decirlo cuando creas conveniente, y sobre incorporarte de nuevo después de la baja por maternidad sigue siendo nulo el despido por lo que tranquila. Y sí, puedes solicitar una reducción de la jornada laboral, no recuerdo qué porcentajes ni que horas máximas eran, pero eso lo puedes pactar con tu empresario y no debería de pasar nada. Y todas las empresas deberían de realizar las mismas bajas por maternidad.
Para iniciar todo el papeleo de tu baja por maternidad lo primero es acudir a tu médico de la seguridad social. Este es el médico que tienes asignado, o que has elegido, en tu centro de salud más próximo.
El médico te dará un papel que se conoce como el "informe de maternidad", se quedará él una copia y entregará otra al Servicio Público de Salud. Cuando te haga el informe tendrás que llevar tu documentación personal. El original del informe que te entregue el médico es lo que presentarás a tu empresa, que completará los datos que le corresponden y te lo devolverá.
Por otra parte tendrás también que rellenar el impreso oficial de "Solicitud de maternidad, adopción o acogimiento", aunque este documento también puedes hacerlo en un papel normal, sin que sea un modelo oficial. Y si quieres utilizar el modelo oficial, puedes buscar por la web. ^^
Y se me olvidaba, hay páginas web como las de la Seguridad Social y las leyes del Estatuto de los Trabajadores que podrás visitar cuando desees.
http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/Preguntasmasfrecuen37888/SubsidiosyotrasPres48581/Maternidad/BeneficiariosRequis48808/index.htm#48809
Esta sería una ayuda a alguna de tus preguntas, si buscas en la web encontraras que hat más mujeres con los mismos miedos y las mismas preguntas... Espero que todo esto te sirva, y felicidades por ser madre, ha de ser algo precioso.

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