¿Tengo obligación de personarme en la mutua?
Siendo autónomo y cooperativista, me comentan en mi empresa que la mutua me puede llamar y (de hecho lo ha hecho) para hacer un seguimiento de mi baja.
Mi IT es por enfermedad común.
¿1 Tengo obligación de personarme en la mutua? Puesto que me queda bastante lejos.
¿2 Es esa mutua la que asume económicamente mi IT? ¿O es mi empresa?
3 Puedo exigirles que me proporcionen un diagnostico, ¿un tratamiento complementario o algo así?
En definitiva, me gustaría saber que derechos y obligaciones tengo yo con la mutua, cuales son por ley y cuales pueden venir dadas por el contrato que la mutua mantenga con mi empresa.
Mi IT es por enfermedad común.
¿1 Tengo obligación de personarme en la mutua? Puesto que me queda bastante lejos.
¿2 Es esa mutua la que asume económicamente mi IT? ¿O es mi empresa?
3 Puedo exigirles que me proporcionen un diagnostico, ¿un tratamiento complementario o algo así?
En definitiva, me gustaría saber que derechos y obligaciones tengo yo con la mutua, cuales son por ley y cuales pueden venir dadas por el contrato que la mutua mantenga con mi empresa.
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Respuesta de trianovil
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