¿Está mi empresa obligada a darme la excedencia?

LLevo 3 años y medio en una empresa, y este año, con motivo de mis estudios, no puedo seguir trabajando por el horario y lo lejano que está del centro de estudios. Me gustaría saber si puedo pedir una excedencia y si ellos teine la obligación de concedérmela o se pueden negar. Actualmente en mi misma tienda ya hay una chica con una excedencia. También me gustaría saber si durante la excedencia puedo trabajar en otro sitio( hablamos de trabajos de fin de semanas, días sueltos, pocas horas semanales...)

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Sí efectivamente la empresa está obligada a concederte el período de esxcedencia por maternidad, obviamente si cumplís los requisitos para ello: haber tenido un hijo, finalñizado la licencia por maternidad y optar antes de la finalización de las misma por el plazo de 6 o 12 meses de excedencia por maternidad. Cumplido ésto la empresa no puede negarse a concedértelo porque es un derecho laboral que te reconoce la ley de Contrato de Trabajo. Coincidentemente y a fuer de ser reiterativo, la empresa, si la solicitás, no se puede negar a concedértela. El hecho que haya otras trabajadoras con excedencia, en el mismo puestop se sector o lo que fuere, no implica que el empleador pueda aducir carencia de personal ni ningún otro motivo, la tiene que conceder sí o sí. Ahora respecto a trabajar en otro sitio, no está contemplado por la ley; es decir, no lo prohíbe específicamente, pero va de suyo que no podrías estar registrada "en blanco" en ninguna empresa, en el mismo horario de trabajo porque ello podría implicar la ruptura del contrato. Si son trabajos casuales y no trascienden no hay inconveniente en que los realices. Un saludo. Dr. Scopa
La excedencia en este caso no sería por maternidad sino por estudios, no se si eso es igualmente válido.
No logro hallar la procedencia de usuario, quiero decir, si sos de Argentina o de dónde. Por lo que te pediría me lo aclares. Y me surge esto atento a que aquí en argentia no existe la excedencia por estudios propiamente dicha, sino que existe excedencia por matyernidad, más allá del uso que uno le de a la misma. Si sos de argentina, te contesto, podes pedir la licencia por los periodos indicados y vos la usas para lo que querés, si estas en tiempo para pedirla, es decir no te reintegraste a tomar tareas aun; y luego estudias o no o lo que fuere; ahora si eres de otro país no puedo evacuarte la consulta.

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