Excedencia o reducción de jornada
A ver si no me lio.
El 19 de agosto acabó mi permiso de maternidad y mi intención era coger reducción de jornada después de disfrutar del mes de lactancia acumulada, por lo tanto el pasado viernes 19 de septiembre empezaría a trabajar. Pero el lunes 15 me llamaron intentando convencerme que cogiera el paro, y que cuando quisiera el jefe me readmitiría.
Mi empresa tiene dos almacenes en distintas provincias, y al que yo pertenezco creo que no le queda un año de ejercicio, cerrará antes. Yo les dije que el paro no lo cogía, que me cogía excedencia, porque aquí en castilla y león dan casi 7000 euros de subvención el primer año de excedencia. El problema es que no pueden mediar los días de lactancia en medio, por lo tanto cuento los de vacaciones que tampoco he cogido. (Te pongo en subrayado el apartado de la subvención donde lo pone.
2.- En el supuesto de que la subvención la solicite la madre, el período
de excedencia debe disfrutarse a continuación del descanso por
maternidad, sin que medie interrupción entre uno y otro, a excepción que,
tras el período de descanso por maternidad, la madre disfrute de un período
de vacaciones, licencia o permiso, que enlace directamente con el período de
excedencia.
Y ayer calculé que me correspondían 19 días, por lo tanto tenía que estar en excedencia para cobrar la subvención el 7 de septiembre.
Mi pregunta es, ¿se puede hacer con esa fecha efectiva mi excedencia? Y en caso de que no me concedan la ayuda, si yo quiero reincorporme al trabajo tendrían que admitirme, y si está cerrado en mi localidad y me obligan a trasladarme, ¿podría pedirme el paro? ¿Tendría derecho a indemnización? Y si es que si cuanto me correspondería, llevo 8 años trabajados.
Por favor necesito una respuesta urgente, porque mañana tendré que ir a hablar con la gestora de mi jefe, que quedó en arreglarme los papeles para la excedencia y la liquidación del último año.
El 19 de agosto acabó mi permiso de maternidad y mi intención era coger reducción de jornada después de disfrutar del mes de lactancia acumulada, por lo tanto el pasado viernes 19 de septiembre empezaría a trabajar. Pero el lunes 15 me llamaron intentando convencerme que cogiera el paro, y que cuando quisiera el jefe me readmitiría.
Mi empresa tiene dos almacenes en distintas provincias, y al que yo pertenezco creo que no le queda un año de ejercicio, cerrará antes. Yo les dije que el paro no lo cogía, que me cogía excedencia, porque aquí en castilla y león dan casi 7000 euros de subvención el primer año de excedencia. El problema es que no pueden mediar los días de lactancia en medio, por lo tanto cuento los de vacaciones que tampoco he cogido. (Te pongo en subrayado el apartado de la subvención donde lo pone.
2.- En el supuesto de que la subvención la solicite la madre, el período
de excedencia debe disfrutarse a continuación del descanso por
maternidad, sin que medie interrupción entre uno y otro, a excepción que,
tras el período de descanso por maternidad, la madre disfrute de un período
de vacaciones, licencia o permiso, que enlace directamente con el período de
excedencia.
Y ayer calculé que me correspondían 19 días, por lo tanto tenía que estar en excedencia para cobrar la subvención el 7 de septiembre.
Mi pregunta es, ¿se puede hacer con esa fecha efectiva mi excedencia? Y en caso de que no me concedan la ayuda, si yo quiero reincorporme al trabajo tendrían que admitirme, y si está cerrado en mi localidad y me obligan a trasladarme, ¿podría pedirme el paro? ¿Tendría derecho a indemnización? Y si es que si cuanto me correspondería, llevo 8 años trabajados.
Por favor necesito una respuesta urgente, porque mañana tendré que ir a hablar con la gestora de mi jefe, que quedó en arreglarme los papeles para la excedencia y la liquidación del último año.
2 respuestas
Respuesta de bergenz
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Respuesta de thunderr
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