Categoría Aspirante Administrativo

En el convenio de la construcción existe una categoría que es Aspirante Administrativo y quería saber si los mayores de 25 años pueden pertenecer a esta categoría.
Otra duda que tengo es si una persona que estaba en el paro durante 18 meses, le contrata una empresa por 6 meses y a la finalización, le da de baja, le pide que se apunte al desempleo y al cavo de una semana le hace un contrato indefinido marcando la Disposición Adicional Primera de la Ley 12/2001 (Indemnización de 33 días y no 45) la casilla de "Desempleado que en los últimos 24 meses ha estado contratado con contratos temporales". Puede encuadrarle la empresa en este grupo habiendo estado en el desempleo una semana.

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El convenio refleja que la empresa en el proceso de selección puede realizar las acciones que considere convenientes para determinar la categoría profesional adecuada a su perfil, esto quiere decir que si tu formación o experiencia no presupone una categoría superior a la de aspirante administrativo, pues la categoría elegida es correcta, ahora bien también es una cuestión que se incluye en el contrato de trabajo y por tanto es una cuestión que ambas partes aceptáis. Dicho esto eso no quiere decir que esa categoría perdure en el tiempo, sino que si durante tres meses desempeñas una categoría superior tienes derecho a que te la reconozcan.
Respecto de la casilla que se ha reseñado esa disposición adicional, obviamente es una clausula nula si no se cumple ese condicionante, por tanto cuando llegue el momento de un posible despido es el momento de ponerlo en evidencia.
Suerte.

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